LEY GENERAL DE AGUAS: Decreto Ley N° 17752 (1969)
CONSIDERANDO:
Que según la tradición histórica peruana y la Constitución vigente, las aguas
pertenecen al Estado y su dominio es inalienable e imprescriptible;
Que es necesario e impostergable la dación de una nueva Ley General de
Aguas que establezca el uso justificado y racional de este recurso en armonía con
el interés social y en desarrollo del país;
En uso de las facultades de que está investido; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto - Ley siguiente:
https://docs.google.com/document/d/1IEtMmfwsAUcoRTykSeu655z4Fb_1pRVSP8nmont3hfk/edit?hl=en
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